Uno de los principales temores a los que se enfrentan las personas que arriendan sus propiedades es que el arrendatario no pague la renta y siga viviendo en el inmueble.
¿Te encuentras en una situación en que te deben meses de arriendo y no sabes qué hacer? No te preocupes, en BHC Abogados te recomendamos que sigas los siguientes consejos:
La Ley estipula que el dueño de una propiedad puede llevar a juicio a un arrendatario, después de 1 mes de incumplimiento de contrato. En el caso de que el monto sea inferior a 4 UTM, no se requiere un abogado para realizar la demanda.
Debes saber que, si decides realizar la demanda, ésta debe hacerse ante los Juzgados Civiles.
También es importante que el demandante cuente con toda la información necesaria y detallada para llevar el caso, es decir, deberá probar la morosidad del arrendatario a través de cartolas de depósito, contratos, cuentas de servicios, talonarios de recibo, entre otros.
Si ya te deben más de 1 mes de renta y eso suma un valor mayor a las 4 UTM, te sugerimos contactarte con alguno de nuestros abogados expertos en arrendamientos y redacción de contratos.