Descubre los requisitos normados por la Dirección del Trabajo de Chile
Muchos trabajadores están en proceso de formar un sindicato en su empresa, sin embargo, tienen dudas con respecto a la normativa relacionada a su constitución.
El derecho a sindicalizarse está consagrado en la Constitución Política de la República, específicamente en su Artículo 19 N° 19, el cual nos señala que la afiliación sindical será siempre voluntaria.
Es importante saber que el Código del Trabajo es quien regula la forma de constitución de un sindicato, y señala además los quorum necesarios para su funcionamiento.
A continuación, BHC Abogados te indicará los requisitos en relación al número de Trabajadores necesarios para la formación de un sindicato::
- La constitución de un sindicato en una empresa que tenga más de 50 trabajadores, requiere de un mínimo de 25 trabajadores que representen, a lo menos, el 10% del total de los que prestan servicio en ella.
- Si en la empresa no existe sindicato vigente, sepodráconstituir un sindicato con la participación de al menos 8 trabajadores, debiendo completarse el quórum indicado en el punto anterior en el plazo máximo de un año. Si la empresa tiene 50 o menos trabajadores pueden constituir sindicato 8 de ellos.
- Si la empresa tuviere más de un establecimiento, podrán también constituir sindicato los trabajadores de cada uno de ellos, con un mínimo de 25 trabajadores que representen, a lo menos, el 30% de los trabajadores de dicho establecimiento. Finalmente, cualquiera sea el porcentaje que representen, pueden constituir sindicato 250 o más trabajadores de una misma empresa.
¿Estás interesado en formar un sindicato en tu empresa y necesitas asesoría legal? No dudes en contactarte con BHC Abogados, expertos en derecho laboral y asesoría empresarial.
¡Te esperamos!